¿Cuánto puedes ahorrar en la declaración de la renta con tu vivienda?

PILAR CÁCERES, Madrid

Si todavía no has elaborado la declaración de la renta, cuyo borrador se debe presentar entre el 6 de abril y el 29 de junio, te conviene conocer muy bien las deducciones a las que tienes derecho para no pagar impuestos de más. Con el fin de evitar que la totalidad de ingresos tributen, Hacienda contempla determinadas deducciones al contribuyente —ojo, no desgravaciones, es decir, imputaciones de gastos necesarios para la obtención de ingresos—. Entre ellas, hay deducciones relacionadas con la vivienda que, en este año, incluyen novedades:

Deducción de la hipoteca en vivienda habitual

Desde el 1 de enero de 2013, quedó suprimida la deducción por inversión en vivienda habitual. Sin embargo, si compraste tu casa antes de esa fecha, puedes seguir aplicando esta deducción en tu declaración de la renta, hasta un máximo de un 15% de lo que hayas pagado durante 2021 sobre una base máxima de 9.040 euros. El requisito es haber abonado cuotas de tu préstamo antes de 2013.

También se aplica esta deducción, según recuerda Hacienda, “si has pagado cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que las citadas obras hayan finalizado antes del 1 de enero de 2017” —también hasta un máximo de 9.040 euros—. O si estas obras han servido para adecuar un inmueble a las necesidades de personas con discapacidad. En este último caso, la cantidad invertida deducible es de hasta 12.080 euros al año.

Deducción de los productos asociados a la hipoteca

Si puedes deducirte la hipoteca, es decir, si la suscribiste para la compra de la casa en la que vives antes de 2013, también puedes deducir todos los productos asociados a ella, como seguros de vivienda o de vida o amortizaciones anticipadas.

Deducciones por mejoras en la eficiencia energética

Unas de las novedades que incluye la declaración que se presenta en 2022 es la deducción por obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de una casa, siempre que se hayan realizado a partir del 6 de octubre de 2021. Hay tres tipos, aunque son incompatibles entre sí:

  • Obras que reducen la demanda de calefacción y refrigeración: es preciso demostrar mediante certificados que se ha logrado una rebaja de al menos un 7% de la demanda. En total, el contribuyente se puede deducir un 20% de las cantidades invertidas en la obra hasta un máximo de 5.000 euros.
  • Obras para mejorar el consumo de energía primaria no renovable: se aplica cuando o bien se reduce un 30% del consumo de energía en un hogar o cuando se logra una calificación energética de A o B. La base de la deducción son las cantidades pagadas por las obras entre el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022, con un máximo de 7.500 euros. El porcentaje de deducción es del 40%.
  • Obras de rehabilitación energética del edificio: son obras que afectan al conjunto del edificio —no a una determinada vivienda— y afecta a los propietarios de pisos, garajes y trasteros. Al igual que en el caso anterior, es preciso haber reducido el consumo de energía en un 30% o haber logrado una eficiencia energética A o B y demostrarlo con un certificado oficial. La deducción se puede disfrutar por un máximo de 15.000 euros de inversión, aunque con un límite anual de 5.000 euros. Por ello, si un año se supera ese tope de 5.000 euros, el resto, hasta 15.000, se puede repartir entre las declaraciones de los cuatro años siguientes. El porcentaje de deducción es del 60%.

Deducción por alquilar una vivienda

La deducción por alquiler en el tramo estatal solo se puede aplicar para aquellos arrendatarios que firmaron su contrato antes de 2015. No obstante, la mayor parte de las comunidades mantienen deducciones autonómicas en esta categoría, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos, que varían de una región a otra. En cuanto a la deducción estatal, el inquilino puede deducirse hasta un 10,05% sobre una base máxima de 9.040 euros anuales.

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